by on September 23, 2024
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Por esta razón se mantenían los bosques abiertos (Dehesas) y esta ecología era ideal para la producción de trufas silvestres en el monte. Allí, cubierto de dalias y rosas de trapo, oyó el príncipe pasar a los que le buscaban, y les escuchó decir que, si a los reyes viejos se contentarían con llevarles a Malaterra cautivos, a él era preciso matarle, porque así no había que temer que hoy o mañana reclamase su trono. Karlos Arguiñano prepara hoy un postre diferente, y que a los más pequeños de la casa les encantará hacer: Trufas blancas con pistacho. A los productos que no hayan sido explícitamente contemplados en el Anexo III, les corresponderá una tasa equivalente al promedio simple aplicable entre aquellos productos de similar posición arancelaria según Nomenclador Común del Mercosur, considerando el máximo nivel de apertura de dígitos, que permita la existencia de al menos dos (2) productos para promediar.

Las trufas se dan una vez al año, durante el otoño e invierno y en climas medianamente fríos. Durante las últimas ediciones se registró la participación de ciudades como París, Moscú, Londres, Tokio y Nueva York. Disponen de trufa negra (tuber melanosporum) y fresca durante los meses de diciembre a marzo. Artículo 15.- Las empresas que se encuadren en el Decreto del Poder Ejecutivo nacional 1139/88 , modificado por Decreto 1345/88, reglamentario de la Ley nacional 19.640 , como así también para las que se acojan a los beneficios del Decreto del Poder Ejecutivo nacional 490/03, que se dedican a las actividades detalladas con los códigos 171111 hasta 192020 y 343000 tendrán el beneficio de tasa cero (0) sobre el impuesto a los Ingresos Brutos, en el caso de que mantengan o incrementen la nómina de personal con la que contaban al día 1 de marzo de 2009 siempre que se reúnan las condiciones establecidas en los artículos 20, 21, 22 y 23 de la presente ley y exclusivamente por los ingresos que se originen en la comercialización en etapa mayorista de bienes producidos total o parcialmente por establecimientos radicados en la Provincia.

Artículo 16.- Las empresas que se dedican a las actividades detalladas con los códigos 241110 hasta 252090 y que no se encuentran alcanzadas por los beneficios del Decreto del Poder Ejecutivo nacional 1139/88 , modificado por Decreto 1345/88, reglamentario de la Ley nacional 19.640 , como así también para las que se acojan a los beneficios del Decreto del Poder Ejecutivo nacional 90/03, estarán gravadas a tasa cero (0) en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, y siempre que reúnan las condiciones establecidas en los artículos 20, 21, 22 y 23 de la presente ley y exclusivamente por los ingresos que se originen en la comercialización en etapa mayorista de bienes producidos total o parcialmente por establecimientos radicados en la Provincia. Fíjase una tasa retributiva de servicios de verificación de los procesos productivos, seguimiento y control de las obligaciones de ley que practica la Secretaría de Industria y Promoción Económica, para todos los establecimientos industriales que se encuentren radicados en la Provincia, y que se encuadren en el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1139/88, modificado por el Decreto N° 1345/88, reglamentario de la Ley nacional 19.640 , como así también para las que se acojan a los beneficios de los Decretos del Poder Ejecutivo Nacional N° 490/03, Nº 916/10, N° 727/21, sus modificatorios y complementarios o los que en un futuro los reemplacen.

9 sitios que ver en Lovaina - Procedan a la regularización de la formalidad omitida a solicitud de la Dirección General de Rentas y dentro del plazo establecido por la misma; o Procedan a la cancelación de la deuda exigida por la Dirección, una vez firme. ARTICULO 23.- Facúltase a la Dirección General de Rentas de la Provincia a dictar las normas complementarias necesarias para la aplicación y el control del presente régimen. Artículo 24.- La actividad detallada en el Anexo I de la presente ley con el código 602220 se encontrará gravada con una alícuota del uno por ciento (1%) exclusivamente por aquellos ingresos que se originen por el transporte automotor de pasajeros mediante taxis y remises, siempre que las unidades afectadas al servicio se encuentren equipadas con reloj emisor de ticket y controlador de acuerdo a la reglamentación que al efecto dicte la Dirección General de Rentas. Artículo 21.- Los sujetos que ejerzan actividades gravadas con tasa CERO (0), de acuerdo a lo establecido en la presente ley, deberán tramitar ante la Dirección General de Rentas la constancia de cumplimiento fiscal para acceder al beneficio. ARTICULO 20.- La tasa CERO (O) establecida en los artículos 14, 15, 17, 18 y 19 de la presente Ley, regirá mientras se mantenga la vigencia del Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento, y subsista el régimen de desgravaciones de cargas sociales instituido por el Gobierno de la Nación.
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